Actual aspecto de la calle de San Lorenzo, en pleno corazón del antiguo Call judío de Girona.


Casa Colls-Labayen, en la calle de San Lorenzo.


Actual centro Bonastruc ça Porta.


Calle de Cúndaro.


Calle de Cúndaro.


Calle de Cúndaro.


Lápida sepulcral, fragmentária, del cementerio judío de Montjuic. Siglo XIII-XIV. Dimensiones 23 x 33 x 10 cm. Traducción del texto: la estela fúnebre esta... Caravida. Dibujo de Fèlix Xunclà.


Lápida sepulcral, fragmentária, encontrada por M. Oliva en 1953 cerca de San Pedro de Galligants. Siglo XIII-XIV. Dimensiones 30 x 24 x 11 cm. Traducción del texto: Esta estela funerária es de R... | Ferrer... | Su recuerdo sea por bendición.. Dibujo de Fèlix Xunclà.


Lápida sepulcral del cementerio judío de Montjuic. Dimensiones 39 x 28 x 10 cm. Traducción del texto: Este cipo es de la señora E esposa de S Astruc. Dibujo de Fèlix Xunclà.


La llamada Hagadah de Sarajevo, siglo XIV, obra hispánica. (Wikipedia)


Jaime I, finales del siglo XVI, Ayuntamiento de Palma de Mallorca. (Wikipedia)


Rabí, 1914. National Geographic. (Wikipèdia)


Calle de Cúndaro.


Fragmento de Targum (versión aramea de la Torah). Siglo XI. (Wikipedia)

Los judíos en Girona. (I)

Introducción al capítulo.

En este capítulo, subdividido en dos partes, a diferencia del resto en los que, de forma cronológica, se tratan todos los aspectos históricos de la ciudad (organización social, economía, urbanismo,...), se expone de forma monográfica el entorno social, económico y cultural de los judíos en la ciudad, con el objetivo de facilitar el seguimiento a lo largo del tiempo de los sucesos que, con una relación causa-efecto, influyeron en la comunidad judía, y por extensión, en el resto de la sociedad gerundense. Así, este apartado, comprende un período de uons quinientos años, exponiendo aquellos hechos que influyeron en el devenir de la comunidad judía.


Los primeros datos (siglos IX-XI).

Durante mucho tiempo ha sido aceptada, y últimamente discutida, la veracidad de un documento, del que se ha perdido el original y sólo se dispone de una copia sacada en el siglo XVIII, en el que se menciona que, a finales del siglo IX (23 de marzo de 982), el conde Dela estableció en Girona un grupo de veinticinco famílias judías, procedentes de Juïgues, cerca de la Seo, a pesar de que el texto no indica ni la fecha ni el lugar exacto del establecimiento: ...el conde Dela estableció los judíos en su ciudad de Girona; a cambio, de los mismos judíos obtuvo y adquirió el predio de Juïgues, que ellos habían ocupado y habitado; el conde lo poseyó legítimamente y lo retuvo durante toda su vida". Esta comunidad, dedicada temporalmente a la agricultura, podría haber huido de las razzias sarracenas; en 846 aún se produjo el último sitio árabe a Girona.

Independentmente de la veracidad y autenticidad de este documento, otros testimonían, aunque de forma indirecta, la existencia y actividad de una comunidad judía en Girona en pleno siglo X. Así, el 9 de noviembre de 930, el arcediano Ennego y el levita Seniofredo daban a la iglésia y cenobio que se estaba edificando en San Martín Sacosta -el actual Seminario-, al lado de los muros de la ciudad, una casa con huerto y tierras; sus límites constatan la existencia de una pieza de terreno propiedad de David, judío.

Otro documento nos aporta la existencia de Doucerella, hebrea: una compraventa establecida entre Borrell Bonhome, y Miró y su mujer Vindilce, cuyo objeto era una casa que lindaba a poniente con la de Doucerella. Este documento está datado el XIII de las calendas de julio del año noveno del rey Lotario, hijo de Luis (21 de junio de 963). Se conserva en el Arxivo de la Catedral, y lleva al magen, con letra de escritura posterior "De las casas del Call de los judíos".

Entre la colección de documentos que indican la existencia de judíos en la ciudad en este período, hay que añadir otro fechado el día cinco de las calendas de noviembre de 987, en que se menciona Bella, llamada también Bonadona, que tenía unas tierras delante de Girona, fuera de los muros y que afrontaban, al norte, con el verger de Santa María de la Seo; a pesar de que no seindica, esta onomástica era frecuente en las comunidades judías.

Otro documento, del que sólo se conserva una cópia del 1664, trata de la venda que el conde de Barcelona Borrell II hizo a Gotmar III, obispo de Girona, de una casa-palacio cerca de la Seo de Santa María (se refiere al edificio pre-románic; la sep románica no se empezó a construir hasta el 1015), y que afrontaba a poniente con la sinagoga de los judíos. Esta indicación evidencia la existencia de una comunidad bien establecida y consolidada.


Los judíos en el siglo XI.

En esta centúria la ubicación de la comunidad judía, al menos de una parte importante de sus viviendas, seria alrededor del Cardo Maximus de la ciudad, la calle de la Força y cerca de la Catedral, tal com señalan verosimilmente documentos coetáneos. No se trataría de una comunidad cerrada, y poseerían bienes inmuebles en diversos lugares de la ciudad y sus alrededores.

La confirmación de una cierta entidad, al menos a nivel económico, de esta comunidad inicial, se tiene documentada en la bula del papa Silvestre III (diciembre del 1002) mediante la cual ratifica al obispo Odón de Girona las posesiones de su obispado que va detallando, y entre las que menciona la tercera parte de la moneda que fuese acuñada en la ciudad, y los censos de los judíos: "...et terciam partem de ipsa moneta de ciuitate Gerunda simul cum censo de ipsos iudeos", censos que debían tener una cierta importancia para ser añadidos y especificados en la relación papal (font: Cartoral, denominado de Carlemagno, del obispo de Girona, siglos IX-XIV, p. 57b, cópia del siglo XII).

En los documentos mercantiles aparecen una y otra vez los nombres de las famílias más notables e influyentes: los Desmestre, los Ravalla, los Cresques, los Hal·leví, los Bonjonr, los Caravita, especialistas en operaciones de compra-venta, los Sabarra, comerciantes de reconocida solvencia, y los Falcó, dinámicos hombres de negocios. Esta última dinastía la encontraremos hasta las actuaciones de la Inquisición y posteriores. También se mencionan, de forma individual, otros judíos: una tal Raquel, hebrea, que vendió una pieza de tierra a Elias; un tal Mahir, judío, a quien el sacristán de la Seo Bonuç dejó en su testamento ...et a Mahir hebreu mancusos IIII et denarios XVIII..., seguramente un préstamo que no había sido devuelto. Ricsaló (o Ribsalon), ebreu, hijo de Belloca, ebrea, y esposo de Bona Filia, ebrea, vendieron un alodio en noviembre del 1010; uno más de los documentos con referencias a los judíos de Girona en este período.

El volumen de las adquisiciones hechas por los judíos debía ser importante en este período, dada la preocupación que demostran los dos concilios celebrados en Girona en la segunda mitad del siglo. El primero (1068) trató de les tierras que los judíos compraban a los cristianos, y determinó que los diezmos correspondientes se pagarían a la iglésia parroquial a la que pertenecieran. En el de 1078 se volvió a plantear la cuestión, y se llegó a la misma conclusión. Algunos autores (Jaume Marqués) opinan que los judíos gerundenses del segle XI ocuparian fincas importantes, compradas u obtenidas judicialmente por ho haber podido devolver sus anteriores propietarios, los préstamos obtenidos de los judíos. El problema del impago de los diezmos y primícias a la iglésia, del que se ocupaban los concilios, radicaba en no tener que sostener un culto que no era el propio.

En el cánon XIV del concilio del 1068, se especifica que sobre les tierras que la detestable perfídia de los judíos compró o comprase a los cristianos, resolvemos que los diezmos se paguen a aquella iglésia en el terme de la cual las tierras estén o estuviesen, de la misma forma como si estuviesen cultivadas per cristianos. Pues és injusto que la iglésia pierda o haya perdido aquellos diezmos que es cierto que poseia antes que los judíos se estableciesen en ellas. Por tanto, dado que la iglésia ya pierde las primícias y ofrenas, al menos tiene que conservar los diezmos". (De terris autem, quas a christicolis detestanda judaeorum emit, aut emerit, statuerunt [PP] ut omnis decomatio earum, ita illi daretur Ecclesiae, in cuius parrochia aedem terrae sunt, vel fuerint, quemadmodum si a christianis colerentur: quoniam injustum est Ecclesiam eas decimas amittere, vel amississe, quas constant, antequam judaei huc advenirent, habuisse. Qua propter, unde amittit primitias et oblationes, saltem exinde habere debet et decimationes).

En el mencionado concilio del 1078, celebrado bajo el pontificado de Gregorio VII, en el cánon X se encuentra: "Sanxerunt etiam ut omnium terrarum decimatio, quam execranda infidelium judaeorum saevitia excolebat, ita illi exhiberetur Ecclesiae, in cujus parrochia eadem terrae sitae essent quemadmodum si a christianis coleretur". Abundaba en el mismo sentido y espíritu que el sínodo anterior, tanto en lo que se refiere a la calificación utilizada para referirse a los judíos, como en el acuerdo final de los conciliarios.


Primeros tiempos del Call o Judería.

El profesor David Romano establece una cronología para los judíos en Cataluña, basada en la disposición de fuentes documentales, que, sintetizada de "Característiques dels jueus en relació amb els cristians en els estats hispànics" (ponencia de las Jornadas de História de los Judíos en Catalunya), responde a los siguientes períodos:
I. Un período inicial que abarcaría desde los primeros testimonios documentales (tanto en Barcelona como en Girona) el año 963, hasta el 1213, año del advenimiento de Jaime I. Período caracterizado por la escasez de documentación conservada.

II. Del año 1213 al 1283. El fin de esta etapa estaría marcada por la prohibición, a principios de 1284, de que los judíos pudiesen ser funcionarios públicos al servicio de la administración de la Corona. En esta etapa distingue própiamente los siguientes subperíodos:

II.1. Del 1213 al 1252, caracterizado por la parquedad documental histórica.

II.2. A partir de 1252 la Cancilleria real se organiza más y establece registros de cancilleria.

III. Desde el 1284 hasta el 1391, el año de los conocidos disturbios generalizados por toda Cataluña, y por casi toda la península ibérica.

IV. Perìodo final de decadencia y supervivencia, que llega hasta el año de la expulsión de 1492 (excepto del Rossellón, que fué en el 1493).

En este primer período, el documento más antiguo conocido en el que se menciona el Call es del 20 o 26 de julio de 1160. Mediante éste, el arzobispo de Tarragona y sacristán de la Seo de Girona Bernardo, da, alaba y concede a un judío lamado Morcai (o Mordechai) y a su hijo Mossé Batlle las casas situadas en el alodio de Santa María ipsas domus que sunt in calle judaico. Éstas afrontaban, entre otros límites, con las casas de Mossé, su padre y el alodio del judío Bonum. Dado que las casas compradas por Morcai ya habían sido de su padre, baile o recaudador de impuestos de los judíos, y, más antiguamente, de sus antecesores, sitúa las primeras ocupaciones de judíos de lo que sería el futuro Call hacia finales del siglo XI y principios del XII ("Els jueus i la ciutat de Girona"). Estas casas estarían situadas entre la actual calle de la Força y la muralla de Ballesterias, en la llamada en la época plaza de San Lorenzo.

La formación del Call en éste período se fué perfilando en otro documento, fechado a dos de junio de 1176, mediante el cual el sacristán de la Seo Berenguer de Flaçá, vendió a Berenguer Ostruç un censo sobre unas casas del judío Vidal. Una nota marginal del documento informa que las casas se encontraban más abajo de la del Arcediano mayor, situada ante la plaza de los Apóstoles. Éstas, por tanto, debían estar entre las calles de Claveria y de la Força. Entre estas dos vías se encontraba en pendiente un sector urbano dotado de patios y jardines interiores, lo que sería el centro del Call. Por documentos posteriores se identifica en esta zona una sinagoga (la tercera de Girona, posterior al 1415), zona en la que se entraba por un portal próximo a la actual fuente de la Virgen de la Pera, mediante el cual se cerraba a voluntad el recinto del Call, voluntad generalmente ajena a los judíos, por ésta parte, y por tanto el límite de su barrio.

Texto de una mezuzah.


El Call en el siglo XII.

Durante el siglo XII la documentación relativa a los judíos en Girona permite perfilar más algunos aspectos. Las comunidades judías de la Corona de Aragón son calificadas por los monarcas de nuestro cofre y tesoro, una fuente importante de rentas para su patrimonio privado, realidad que seguirá vigente hasta el siglo XIV. Alberch y Aragó mencionan que el Call gerundense, tenía la condición de "cámaras de la Reina" y pagaba un impuesto para el mantenimiento de la suntuosidad de la Corte. La aportación de un considerable bloque de tributos era la contrapartida a la protección real y la administración autónoma de sus comunidades.

La interesada política que los monarcas practicaban hacia los judíos presentaba grandes contradicciones: la Iglésia dictaba disposiciones antijudías que la corona debía respetar y acatar, pero, por otra parte, la protección real hacía que gozasen de su confianza. Así lo testifica la firma de los judíos Bonastruc y Jucef como comisionados reales en un documento de venta de unas casas en la zona del Areny, con fecha 3 de enero de 1193.

Durante éste período, el Call no sería aún una zona cerrada homogénea judía, pero en la documentación disponible sí se aprecia un movimiento de proliferación continuado de adquisiciones por judíos en este lugar, que seguiría en el siglo siguiente, momento en el que su perímetro ya se formaría de manera casi definitiva.

Además de estas propiedades, algunos documentos apuntan a las posesiones judías fuera de la ciudad: una compra-venta del 19 de octubre de 1195 explicita los afrontamientos con tierras de judíos de unas viñas, tierras y bosques situados en el valle Boscona, en el lugar del valle profundo, cerca del camino que conducía a Girona. En otro documento, fechado tres años más tarde, Pedro Mascaró y su esposa Estrábia vendieron a la judía Vidalia un terreno que tenían en Reclús, la actual calle del Carmen.

La vecindad entre los clérigos adscritos a la Seo y la comunidad judía provocaba frecuentes relaciones comerciales, algunas de ellas absolutamente insólitas. El 12 de mayo de 1196, la mujer del judío Jacob pagaba a la Seo un censo de dos cerdos anuales y el diezmo y primícia por un condominio que tenia en nombre del Cabildo. Uxor Jacobi judei pro condamina (dat) duos porcos canonicales et decimam et premitiam.


El cementerio judío.

En el Instrumentum permutationis quarundam terrarum de Monte judaico et de caciano, de 13 de junio de 1207, mediante el cual el obispo de Girona Arnaldo de Creixell autorizaba la compra de unas tierras en el Montjuí, montaña de los judíos de Girona. En este momento los judíos ya habían establecido en este lugar su cementerio, en propiedad comunal como era costumbre, donde se han llevado a cabo importantes descurimientos epigráficos. El topónimo que se da en el documento sustituiría el primitivo, documentado en 1121, de Monte Barrufa o Puig Moltó. Las lápidas judías encontradas en Montjuic, y que se conservan en el Museo de História de los Judíos de Girona, se completan con las descubiertas en Palau, utilizadas como material de construcción por los Sarriera. De la propiedad de estos materiales se da cuenta en el apartado correspondiente a la expulsión.


El estallido del siglo XIII.

Durante los siglos XII-XIII la ciudad de Girona experimentó un notable crecimiento demográfico que provocó el desarrollo de núcleos urbanos extramuros desde Pedret al camino del Carmen, en el entorno de las iglésias y monasterios que se habían construído. Los nuevos conventos -de órdenes mendicantes- construidos en el siglo XIII también originaron nuevos barrios y agrupamientos urbanos en su entorno y, consecuentemente, las interconexiones con los anteriores. También fué éste un período de florecimiento, de paradojas y de cambios para los judíos de Girona: por una parte, la proliferación de la actividad y enriquecimiento económicos, y el desarrollo de las actividads intelectuales, pero por otra, la estabilidad que había permitido la coexistencia y relaciones entre ambas comunidades -la judía y la cristiana- se empezó a romper, y diversos brotes ya anunciaban el nacimiento de los problemas que abocarían en el siglo XIV en las crisis, los disturbios y los enfrentamientos. Ramon Alberch ha contabilizado ataques al Call gerundense en los años 1276, 1278, 1285, 1331, 1348, 1391, 1413 y 1418.

Es muy difícil evaluar la demografía judía, como consecuencia de la especial relación de dependencia directa de la corona, y como siervos directos del rey que eran. No obstante, se tiene constancia de un notable incremento, tanto de población como de la extensión del Call, por el asentamiento de un grupo de once judíos, cabezas de família, en un terreno que pertenecía a la Almoina del Pan de la Seo (31 de agosto de 1245). Las casas que les vendieron estaban situadas en el Call de los judíos, el primer núcleo del cual llegaba hasta la calle de Cúndaro. Según estudios realizados, es admisible que los judíos constituyesen el cinco por ciento de la población total gerundense, lo que sitúa, según los años, entre cien y ciento cuarenta famílias judías, es decir, unas setecientas personas. Durante el reinado de Jaime I, esta población estimada se mantuvo; así, cuando en el año 1268 el monarca quiso poblar la villa de Figueres, concedió franquícias tributárias a los judíos que fuesen a establecerse excepto que fuesen judíos de Girona o de Besalú.


La actividad económica en el siglo XIII.

La actividad económica de este período, como los demás ámbitos históricos, está marcada por el reinado de Jaime I (1213-1276). Los judíos tenían actividades diversificadas: artesanos, comerciantes, desarrollando oficios como colchoneros, pelaires, sastres, encuadernadores, marchantes, barberos, juboneros, sederos, plateros... Un bon número de ellos trabajaba en el Call, dedicados al ramo de la alimentación: eran los que se ocupaban de que el pescado, la carne, el pan y el vino cumpliesen las condiciones y los preceptos de la Torah, y fuesen aptos para el consumo de la comunidad. Otros eran funcionarios adscritos al Consejo de la Aljama. La cumbre de la consideración social la formaban los médicos y los que se dedicaban a actividads de tipo intelectual, o trabajaban en la Corte del rey. Diversos autores mencionan, como ejemplo, a Astruc Ravaia, que fué baile durante el período 1276-1281, y que a menudo actuó como delegado del rey Pedro el Grande en la compra de castillos por toda Cataluña. Su hijo Jucef fué tesorero de la corona, y otro hijo, Mossé, fué prácticamente Baile General de Cataluña.

Paralelamente, a menudo, se dedicaban al préstamo con interés, actividad que suponía un beneficio adicional a la actividad principal. En la sociedad medieval, el crédito era un mecanismo esencial de financiación: la escasa liquidez de los mercaderes, la penúria económica de la pagesía y la prohibición eclesiástica a los cristianos de la práctica de las actividades creditícias, dejaba un buen campo de trabajo para los judíos. A pesar de las disposiciones mencionadas, el préstamo no era monopolio de los judíos; algunos cristianos, para eludir la interdicción, crearon un tipo de préstamo amical, en el que no contabilizaban los intereses. Sobre esta actividad se conservan muchos documentos que ilustran las prácticas crediticias de la época.

Dada la importancia de esta actividad, el rey Jaime I redactó diversas disposiciones para regular su práctica, moderar el interés y cortar determinados abusos que se estaban produciendo. Así, en un documento fechado el once de las calendas de enero del 1228 (22 de diciembre de 1227), del que se conserva el original con el sello de cera del rey, además de cópias de le época, dispone en catorce puntos las normas que han de regular la actividad: el interés máximo lo sitúa en un 20% anual, exigencia de documentos firmados por testigos o notarios, limitación de la acumulación de los intereses, etc. Aprovechaba la redacción de estas disposiciones, de contenido estrictamente económico, para incluir otros, seguramente a requerimiento de consejeros u otras autoridades que percibían un inicio de tensiones entre cristianos y judíos, más por motivos económicos que por otros religiosos. Así, también disponía que los judíos no tuviesen mujeres cristianas en su casa, no ejerciesen cargos públicos como juez, alguacil o verdugo... De hecho, tampoco se trata de una regulación discriminatória phacia los judíos, dado que algunas de las disposiciones no afectaban a los judíos, sinó a los administradores locales cristianos, para los que regulaba una serie de providencies.

En un segundo documento, éste del 31 de marzo de 1229, insistía en las disposiciones anteriores sobre la usura; para esquivar los límites establecidos al interés a aplicar, se englobaba éste con el capital, de forma que el resultado era la aplicación de un interés compuestp. De forma inequívoca, en esta redacción, se prohibía la aplicación de ningún pugesal, el incremento del interés simple y limitado del veinte por ciento. Aún sobre el mismo aspecto, insistía en un tercer documento, éste con fecha 30 de noviembre de 1230. Otras disposiciones, en torno al prestamismo, incidían en aspectos de salvaguarda de los medios de producción y de la rentabilidad de las explotaciones; así, en el acuerdo de Cervera del 1202, se especificaba que los bueyes de los payeses no podrían ser embargados por razón de deudas pendientes. Christian Guilleré ha llegado a la conclusión que a pesar de que el crédito judío significase las dos terceras partes del total, el noventa por ciento de los prestatarios eran payeses de fuera de Girona, de los alrededores, con un crédito a corto plazo, habitualmente de seis meses a un año, y respondían a cantidades solicitadas a finales de la primavera, con motivo del traspaso de una cosecha a la siguiente, y durante el otoño.


El judío de los cuatro nombres.

En el aspecto intelectual, el personaje más importante de este siglo XIII fué el judío de los cuatro nombres: Nahmánides, Mossé ben Nahman, el llamado Bonastruc ça Porta y también conocido por el acróstico Ramban. Nacido en Girona en 1193-1194 (el 4954 del calendario judío), y muerto en Jaiffa, probablemente en 1270, es la figura más indiscutible de la Cábala y la Aljama gerundenses; Eduard Feliu le define como un intelectual enraizado en su tierra y a su tiempo. Estudió medicina y filosofía, pero es conocido especialmente por sus trabajos en el campo de la Cábala y sus comentarios al Talmud. Admirador de Maimónides, se opuso a sus tendencias intelectualistas y derivó hacia cuestiones de la Cábala, dentro de las cuales compuso un musta gab para ser recitado el primer día del año. Este musta gab es la muestra más antigua de poesía cabalística peninsular. Otras obras cabalísticas suyas son Osar ha-hayyim ("Tesoro de la vida") y Derasah ("Investigación"). También, escribió diversas obras didácticas, entre las cuales destacan Iggueret ha-qodes ("Epístola de la santidad") y Torat ha-adam ("La Ley del hombre"), y Iggeret ha-Musar, carta ética dirigida a su hijo.

Intervino en dos disputas bien diferenciadas: una, interna del judaismo, sobre la problemática con las ideas de Maimónides, polémica que va empezó cuando Salomón ben Abraham de Montpelier y sus discípulos pidieron a los rabinos del norte de Francia que anatemizasen las obras de Maimónides y sus lectores, polémica que se extendió por las comunidades catalanas. La otra, dedefensa del judaismo frente al cristianismo, fué impulsada por Jaime I según consejo de Raimundo de Peñafort que quería obtener la conversión de los judíos mediante el convencimiento dialéctico. Las disputas ideológicas entre judíos y cristianos eran frecuentes en la época, disputas que ha menudo se celebraban en el Palacio Real.

El 1263, el rey le designó representante de las comunidades judías de la Corona para intervenir en una controversia con Pablo Cristià, dominico y judío converso. En Barcelona, y en presencia del rey, nobles, prelados y gente del pueblo, durante cinco largas sesiones, Bonastruc defendió encarnizadamente el judaismo, lo que irritó notablemente sus adversarios, fuertemente fanatizados por los mismos conversos. Las consecuencias de este enfrentamiento se materializaron en la órden del rey (28 de agosto de 1263) de recoger y quemar públicamente, por blasfemos, los escritos del rabino, entre otras represalias. En 1265, el palacio del rey fué otra vez escenario de una segunda controversia del msimo tipo. En esta ocasión el rabino gerundense no aceptó participar sin haber solicitado la inmunidad de expresión.

A pesar de haber obtenido del rey y de su confesor y consejero, Raimundo de Peñafort, préviamente, amparo para expresarse libremente, (Quapropter Nos Jcobus, Dei gratia, Rex predictus, concedimus tibi Bonastrugo de Porta, magistro Judaeo, quod de praemissis vel aliquo praemissorum in posse alicuius personae non tenearis, tempore aliquo, respondere, nisi in posse nostro et presentia), sus adversarios le prepararon la trampa de hacerle entregar por escrito, al obispo de Girona Pedro de Castellnou, una acta de las intervenciones que había hecho durante la controversia. Con aquel documento en la mano, fué llevado ante el tribunal real acusado de blasfemia; el rey se limitó a castigarlo con dos años de exilio y la quema de su libro. Los acusadores de Mossé ben Nahman, no satisfechos con el castigo, apelaron a Roma y al rey; éste último, obedeciendo las indicaciones del papa Clemente IV, condenó Bonastruc al exilio definitivo.

A la edad de 72 años, Mossé se marchó para siempre de Girona. Primero fué a Castilla, después a Provenza, y finalmente llegó a Palestina, donde fundó escuelas en Jerusalén y finalizó su libro sobre la Torah, Torat ha-adam, y posteriormente fué a Acre. A los 76 años murió; sus restos reposan en Jaiffa.




Bibliografía

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- Els jueus i Girona. Fèlix Xunclà i Tubert. Girona, 1994. No publicado.

- Diner, poder i societat a la Girona dels segle XIV. Christian Guilleré. Ayuntamiento de Girona, 1984. ISBN 84-500-9851-3

- La Càbala i su simbolismo. Gershom Scholem. Siglo XXI editores, 6ª edición, 1989. ISBN 968-23-0890-9

- Girona. Guia del Call. Fèlix Xunclà i Tubert. Girona, 1995. GI-500-95

- El llibre de la redempció i altres escrits. Mossé ben Nahman. Universidad de Barcelona - Ayuntamiento de Girona, 1993. ISBN 84-600-8403-5

- Girona comtal i feudal. J. Canal, E. Canal, J. M. Nolla, J. Sagrera. Quaderns d'Història de Girona, 1996. ISBN 84-86812-57-7


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