Segundo Sitio de Gerona (VII).

Día 30 de julio de 1808.

En la noche anterior se presentó el enemigo, al frente del baluarte de Santa Clara, y disparó un cañonazo á metralla y algunos tiros de fusil. Se le contestó al momento con una descarga y no se atrevieron á hacer otro movimiento.

En las descubiertas de nuestras guerrillas, salidas de Capuchinos y Montjuich, hubo fuerte escaramuza con las enemigas.

Para la organización de los somatenes, remitió la junta de Gerona, la siguiente circular:

"Si vosotros Pueblos de este Corregimiento estais, como debeis estar, convencidos de lo que esta Junta Gubernativa antevió, y os evidenció sencillamente en su orden Circular de 23 del anterior, para la defensa del interés común, y universal de todo él; habeis experimentado ya unos, y visto otros, con indecible sentimiento, los robos, asesinatos de ancianos, mugeres, y niños indefensos, incendios de las casas, y frutos pendientes, y las violencias que ha perpetrado, y perpetra el monstruo infernal, enemigo, y desolador del género humano, en todos los Pueblos que ha transitado, é invadido, y estais inminentemente expuestos á padecer la misma lamentable suerte, y catástrofe, extendiendo cada día más sus pérfidas incursiones, y fines siniestros de abatiros, y sujetaros por medio del furor, y terror, que, con sus malditas estratagemas, y operaciones, intenta difundir por todas partes; sabeis que en los infructuosos ataques que ha hecho en esta, y otras cabezas de Partido de este Reino, ha sido gloriosa, y vigorosamente rechazado con considerable pérdida de sus infelices agentes conscriptos, y esclavizados con esposas, y argollas; conoceis que esto es efecto de un continuado portento de la Divina Providencia que se ha declarado abiertamente á favor de nosotros por la causa justa que sostenemos, y debemos sostener hasta vencer, ó perecer por los timbres distinguidos de Católicos, y fieles, y leales vasallos de nuestro amado Soberano, el Señor Don Fernando Séptimo, que en los pasageros momentos de su dominación derramó sus beneficios y felicidades, sucumbió y se sacrificó á las alagüeñas, y fementidas promesas, y esperanzas del pretendido dominador del universo, Bonaparte, para evitar la efusión de sangre de sus vasallos, y proporcionarles todas las prosperidades que su tierno, y generoso corazón había concebido, y no podeis dudar de la continuada, y patente protección que nos ha dispensado, y dispensan nuestros Santos Patronos ¿Sereis mas sordos á las suaves y amorosas persuaciones de esta Junta Gubernativa que os ha procurado, y procura con todo teson, y profunda meditación, vuestra conservación y defensa? ¿Olvidareis las heróicas hazañas, y virtudes de nuestros mayores? ¿No querreis ser partícipes del elogio que hizo el Emperador Carlos Calvo, de ser los Catalanes modelo del mas acendrado valor, y fidelidad? ¿Antepondreis la servidumbre y muerte próxima temporal, y eterna; á la Religión, al Rey, á la Patria, á nuestra independencia, leyes y legítimas costumbres, con que habéis sido educados y sostenidos? ¿Osareis perder este consuelo de bienes por el egoísmo, por el interés bursal, y personal, y por las diabólicas sugestiones, mezcladas de amenazas, sugeridas por el enemigo para pervertiros, sojuzgaros, y conduciros á la ruina de vuestro cuerpo, y alma? No, no es de creer que vuestro religioso corazón, y zelo patriótico de que estáis penetrados, y es característico de la católica, noble, y valerosa nación Española, de que sois, y sereis dignos miembros hasta derramar por ámbos respetos vuestra última gota de sangre, por cuyo medio seréis elevados al heroismo, y al último fin eterno para el que hemos sido creados, y quedarán de esta suerte abatidos, y confundidos los furiosos, bárbaros, sanguinarios, y materialistas Bonapartistas, que nada pueden, ni podrán contra nosotros, teniendo como tenemos de nuestra parte el Dios de los Ejércitos, guardando religiosamente sus mandamientos, y peleando como debemos pelear por los altos y sagrados objetos enunciados.

"Así que exigiendo pronta é imperiosamente estos, la propulsión de las depravadas intenciones que ha formado el enemigo de bloquear y sitiar enteramente esta plaza y sus fuertes dependientes, combatirla, privarla de la entrada, y provisión de toda especie de víveres, y obligarla á lo que no alcanzará, con el favor del cielo, y de nuestros Santos Patronos, á que se rinda por el fuego de la artillería, asalto ó hambre, para sujetar seguidamente todos los pueblos de este Distrito, á su ambiciosa, tiránica, y despótica dominación al nuevo código descabellado y arbitrario que ha formado, y esparcido Bonaparte, y á su desmesurado, é ideal engrandecimiento; proscribir nuestras santas, pias y racionales leyes fundamentales del Reino; pervertir y extinguir (que haga no le quiera no lo conseguirá, ni puede conseguirlo) nuestra sagrada religión Católica, virtudes y loables usos introducidos y recibidos; chuparnos nuestros tesoros y sudores, arrancarnos de nuestros hogares y hacernos, en una palabra, perecer servil y vilmente en los paises remotos que se ha propuesto conquistar con sus tan decantados poderosos exércitos invencibles que sabeis han sido, y son derrotados frecuentemente en nuestra Península, están compuestos en el día, y en su mayor parte, de muchachos visoños y cobardes, que cebados en el pillage, se han transformado, como su autor, en unos malignos y verdaderos bandoleros, y serán en breve completamente exterminados, uniendo nuestras vigorosas fuerzas que constituyen y robustecen el valor y obrando como se dexa demostrado baxo la disciplina y subordinación ciega de nuestros invictos y famosos caudillos: Ordeno y mando de acuerdo con esta Superior Junta de Gobierno á las Juntas particulares de los pueblos de este partido, notados á la margen, que luego, luego, luego del recibo de esta Circular, á cuya continuación pondrán el acostumbrado sellado con el sello de su Comun, cumplan y hagan cumplir con la mayor exactitud y puntualidad lo siguiente:

"Que seguidamente hagan acudir el número de hombres seglares aptos y armados de sus respectivos territorio y jurisdicción, sin distinción alguna, que respectivamente se les señala, al punto de reunión, y á las órdenes del comandante comisionado por esta Junta, y designado en el principio de esta Circular.

"Que comprehendan en el referido servicio personal asi los vecinos y moradores, como los expatriados útiles que actualmente se encuentren en su respectivo término.

"Que los ha de presentar y mandar en calidad de Cabo de Somaten alternativamente un individuo de su respectiva Junta particular, principiando el Presidente.

"Que el miembro de la Junta, Cabo de Sometén pase diariamente por la mañana, y tarde lista de toda la gente de su mando, y la haga guardar la mas rigurosa y conveniente disciplina y subordinación.

"Que en el caso, que no se espera, de resistirse alguno á concurrir y prestar prontamente el indicado servicio personal, que exige la perentoriedad é importancia de las críticas circunstancias del día, de faltar en el acto de la lista, sin justo y visible motivo, fugar ó cometer algún delito militar ó común, cuide el mismo miembro de la Junta, Cabo de Sometén (procediendo de acuerdo con el mencionado Comandante de Puesto) de hacerlo inmediatamente arrestar y conducir preso en esta Plaza, á la disposición de esta Junta para juzgarle, y punirle, breve, sumaria, y militarmente á proporción de su gravedad y circunstancia.

"Que en cuanto se pueda, se releven cada ocho días los individuos de Someten por sus convecinos, interín y hasta que acabadas de prganizar las Compañías, y Tercios de Migueletes permanentes y subsidiarios, puedan estos ocupar, y cubrir las posiciones más ventajosas.

"Que se valgan para armar á su respectivo Somatén, no solamente de los fusiles, y escopetas de su Comun, sinó de las útiles que tengan y se haran entregar por sus particulares sin excepción alguna.

"Que estén en la inteligencia se les surtirá en el punto señalado de los competentes cartuchos, si carecen de ellos y que el miembro de la Junta, Cabo de su respectivo Sometén, ha de vigilar só responsabilidad de las resultas, no los desperdicien y consuman sin utilidad alguna sus individuos, conforme hasta ahora lo han hecho los mas con bastante disgusto de esta Junta, repartiéndoselos por lo mismo para zanjarlo, con la correspondiente economía, cuenta y razon.

"Y que finalmente las Juntas Particulares, con su acostumbrado zelo y actividad, exciten y exorten á todos los vecinos hacendados y pudientes de sus respectivos territorios, y jurisdicciones, á que llevados de su amor á la Religión, al Rey y á la Patria, y de la caridad con nuestros hermanos convencidos del imponderable interés que les resulta, y resultará en las actuales espresas ocurrencias, de hacer el debido sacrificio, y acto de beneficencia de socorrer generosamente con alguna porción de sus respectivos víveres, á los individuos necesitados de sus respectivos Sometenes, que por la conservación y defensa de sus personas y bienes exponen sus vidas al furor de tan maligno enemigo: y penetrados de que sin ellos no pueden de modo alguno subsistir, ni permanecer largo tiempo en los importantes puntos que se les destine; conduzcan y hagan conducir prontamente á estos fines al de reunión insinuado, las provisiones de boca que respectivamente puedan suministrar, y espera esta Junta subministrarán gratuitamente, y sin interés ni otra recompensa que la de ser reputados por generosos patricios, y la que con muchas creces les dispensará temporal, y espiritualmente el Omnipotente, entregandolos al miembro de la Junta Cabo de su respectivo Sometén, y constituyendo responsables, con sus personas y bienes, á todos los miembros de las Juntas particulares de Gobierno, de la menor falta que se notase, asi en punto del mas acelerado como de sus respective hombres aptos y armados al enunciado puesto de reunion, como en el de su precisa manutencion, que en el conflicto de no proporcionarles por el suave medio significado, lo realizaran por el de reparto forzoso, equitativo y prudente entre sus mismos vecinos hacendados y pudientes.

"Gerona 30 de Julio de 1808.-- Julián de Bolíbar.== De acuerdo de la M.I. Junta.-- Miguel Germén, Vocal Secretario".

Emilio Grahit y Papéll




Artilleria a cavall. Guàrdia Imperial. Làmina de Bellange (1800-1866), extreta de l'obra de P.M. Laurent de L`Ardeche Histoire de Napoleon, 1843. (Wikipèdia)



Húsar, 1809. Làmina de Bellange (1800-1866), extreta de l'obra de P.M. Laurent de L`Ardeche Histoire de Napoleon, 1843. (Wikipèdia)



Carabiner, 1809. Làmina de Bellange (1800-1866), extreta de l'obra de P.M. Laurent de L`Ardeche Histoire de Napoleon, 1843. (Wikipèdia)



Artilleria a peu i tren d'artilleria. Guàrdia Imperial. Làmina de Bellange (1800-1866), extreta de l'obra de P.M. Laurent de L`Ardeche Histoire de Napoleon, 1843. (Wikipèdia)



Dragó i Gastador de Dragons, 1809. Guàrdia Imperial. Làmina de Bellange (1800-1866), extreta de l'obra de P.M. Laurent de L`Ardeche Histoire de Napoleon, 1843. (Wikipèdia)


Bibliografia.

Extret de "Reseña histórica de los Sitios de Gerona en 1808 y 1809". Emilio Grahit y Papéll, Imprenta y libreria de Paciano Torres, Gerona. 1894.


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