Trabajos para la defensa de Gerona (IV).

La circunstancia de tener la actual provincia de Gerona una estensa costa marítima, y la muy notable de haberse armado en corso muchos buques desus puertos para el apresamiento y destrucción de las embarcaciones francesas, decidieron á la junta á mirar con interés este asunto, de manera que comprendiendo el partido que podía sacarse de semejante espíritu valeroso y patriótico de nuestros marinos, publicó la siguiente notable disposición, encaminada á estimularles y premiarles en sus arriesgadas empresas.

"La Junta de Gobierno, que presido, á fin de estimular a los Corsarios que se dedican con afán á la defensa de nuestras costas marítimas, y á apresar y derrotar las embarcaciones enemigas, ha acordado que sean gratificados y premiados de su trabajo señalándoles parte de las mismas embarcaciones y sus cargamentos en la forma siguiente:

"1. El Corsario que apresare haciendo fuego alguna embarcación del Imperio francés percibirá las dos terceras partes de íntegras del valor del buque y su cargamento, y de estas dos partes deberá satisfacer todos los gastos ocurridos en la presa, cuidando igualmente de satisfacer el contingente á los que le hubieren auxiliado y ayudado, sean marineros, soldados, Gobernadores de Castillos y fortalezas ú otros.

"2. La otra tercera parte del valor del buque y cargamento ha de quedar enteramente líquida á favor de ña Junta Económica establecida en la presente Ciudad cabeza del Corregimiento para invertirla en los quantiosísimos gastos que exigen los importantes obgetos de la defensa de la Religion, del Rey y de la Patria.

"3. Quedan expresamente exceptuados de la regla prescrita en los dos capítulos antecedentes, los pertrechos de guerra, como son cañones, cureñas, armas, pólvora, balas y plomo los quales deberán entregarse enteramente á la disposicion de la Junta establecida en la presente Ciudad cabeza del Corregimiento.

4. Tampoco se comprehenderán en las reglas establecidas en los capítulos 1º y 2º aquellas embarcaciones francesas que por contratiempo ú otro accidente se refugiaren en algun puerto ú playa y queden detenidas allá, las que por no haberse apresado en batalla deberán quedar enteramente á favor de la referida Junta Económica, así por lo que mira á los buques, como por lo que mira á los cargamentos, á menos que persiguiéndolas, y haciéndolas fuego el Corsario las obligue á arrimarse á algun puerto, ú playa.

"5. Se comprehenderán igualmente en las reglas antecedentes los buques de potencias enemigas, ú neutrales que transportaren géneros, ó efectos á territorio del Imperio francés, ó su exército en qualquiera parte donde se hallen.

"6. Los marineros y demás gentes de la tripulación de la embarcaciones apresadas se entregaran á esta Junta como á prisioneros de guerra, la que dispondrá la poblacion en que deban trasladarse y mantenerse.

"7. Las Juntas particulares de las poblaciones litorales en que entren los buques apresados examinarán inmediatamente las patentes y demas papeles que se hallaren en ellos, formalizando inventario de todos los géneros, pertrechos y demas que contenga el buque apresado, y resultando clara la legitimidad de la presa, harán por ante Escribano, los interrogatorios correspondientes al patrón ó capitan y demas á quienes convenga, remitiendo inmediatamente el expediente á esta Junta para la declaracion de la legitimidad de la presa.

"8. Si el caso presentare alguna duda, deberan las mismas Juntas particulares compilar el espediente con mayor formalidad, recibiendo todas las justificaciones que tengan á mano, y remitirán también el expediente con el inventario formalizado á esta Junta Superior para la determinación que corresponda.

"Gerona 11 Julio 1808.-- Julián de Bolíbar".

Todas estas disposiciones de la Junta mantenian el espíritu público en aquel escelente estado de excitacion que no había cesado desde el levantamiento, mostrándose el valor de los pueblos en las diferentes empresas que se llevaban á cabo. Semejante entusiasmo subia de punto en el Empurdán, cuyos habitantes dirigidos por D. Juan Clarós y otras personas de valía continuaban bloqueando el castillo de San Fernando de Figueras, hasta el punto de que su guarnición había llegado al mayor apuro por falta de víveres, sin que hiciese desistir de su empresa á los bloqueadores el continuado bombardeo de la población.

Comprendiendo los generales franceses lo que les importaba conservar tan grandiosa fortaleza, determinaron á toda costa socorrerla á cuyo fin entró de Francia una fuerte división con el correspondiente convoy. Reunidos los somatenes en varios pasos de los rios y en otros puntos cercanos á la carretera hicieron cara al enemigo, conteniéndole algunas horas, pero teniendo este mucha artilleria y caballería, de cuyas armas carecian los somatenes, les obligaron á retirarse á espaldas de la villa, quedando así socorrido el castillo por bastante tiempo.

Este contratiempo no hizo empero decaer el ánimo de los paisanos, que para estorbar la retirada del enemigo ocuparon la mayor parte de los pasos del alto Empurdan. La Junta de Figueras para atender mejor á las necesidades del día se estableció en el pueblo de Lladó.

No atreviéndose el ejército francés á emprender la retirada desde luego, preparó un ataque á la plaza de Rosas á cuyo fin el día 11, una columna de 2.700 infantes y 250 caballos salió del castillo de S. Fernando de Figueras en dirección á aquella villa. Observado este movimiento por D. Juan Clarós, creyó en un principio que tal vez seria este movimiento una estratagema para pasar con una rápida contramarcha á Francia; por cuyo motivo mandó á los somatenes que no abandonasen los pasos que tenian ocupados, y escogiendo 575 hombres decididos, se bajó hasta Palau, en ocasión en que los franceses atacaban ya á Rosas, cuya guarnición se defendía con vigor. Fiándose entonces Clarós de la intrepidez de la gente que había escojido, y apesar de no tener caballería, atacó resueltamente la división francesa que en retirada hubo de encerrarse en Castelló de Empurias. Al siguiente día partiendo de esta villa repitieron los franceses el ataque pero despues de haber sido rechazados por la guarnición, se vieron de nuevo atacados por Clarós que con mayores fuerzas fue encerrándoles en unestenso círculo de guerrilla, obligñandoles á meterse en el castillo de Figueras. Fueron ambas acciones muy reñidas y desastrosas para los franceses que perdieron unos 700 hombres, y entre ellos 119 prisioneros.

Emilio Grahit y Papéll




Xebec. Embarcació costanera utilitzada pels corsaris de Sant Feliu de Guíxols durant la Guerra del Francès. (Wikipèdia)



Patent de cors enviada al capità Antoine Bollo. Concedida el 27 de febrer de 1809 a M. Dominique Malfino de Gènova, armador de l'embarcació el Furet, corsari de 15 tones. (Wikipèdia)



Esquema de fragata del 1800.



Llagut en una fotografia antiga.


Bibliografia.

Extret de "Reseña histórica de los Sitios de Gerona en 1808 y 1809". Emilio Grahit y Papéll, Imprenta y libreria de Paciano Torres, Gerona. 1894.


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